JUAN SEBASTIAN ARGÜELLO MONRROY
En ésta tercera actividad se realizarán los estudios y los análisis de los casos:
CASO 2:
Según en el Reglamento del Aprendiz Sena, en los DERECHOS DEL APRENDIZ SENA, ARTÍCULO 7, NUMERAL 5 que establece: "Disfrutar de los beneficios de bienestar al aprendiz SENA orientados a garantizar la formación
integral, conforme a la normatividad que rija este tema en el SENA", puede refutar que el bienestar de INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN, no está siendo del todo cumplido, además de ésto en el mismo ARTÍCULO, NUMERAL 8 que reza: "Ser escuchado y atendido en sus peticiones respetuosas, por parte de los directivos, Instructores
y personal administrativo, ante las dificultades que se puedan presentar en su proceso de formación", por parte del TUTOR, el irrespeto se hace evidente en la forma como se expresa hacia el estudiante.
Una pregunta sencilla y respetuosa, debe ser respondida de la misma manera.
CASO 3:
El REPRESENTANTE o TUTOR puede valerse del capítulo de los DEBERES DEL APRENDIZ SENA, ARTÍCULO 9, NUMERAL 3: "Verificar en el sistema que sus datos básicos, se encuentren totalmente diligenciados y/o actualizarlos de acuerdo con el trámite administrativo correspondiente". Como es un deber, se vuelve una obligación. Con respecto a la inasistencia de las salidas técnicas, en el mismo ARTÍCULO, el NUMERAL 9 habla sobre: "Asumir con responsabilidad su participación en las actividades programadas como salidas, pasantías técnicas, intercambios de aprendices a nivel nacional e internacional, así como en las demás de carácter lúdico - pedagógico". Y en el PARÁGRAFO 1, en el punto C, del mismo ARTÍCULO dice : "Ingresar a la plataforma virtual, debidamente identificado con el respectivo código de acceso, personal e intransferible. El Usuario y la Contraseña suministrado al aprendiz por la Entidad, para el acceso a la plataforma virtual son de uso personal exclusivo, por lo tanto no debe transferirse a otras personas. El mal uso de esta información es de su competencia directa y asumirá por ello las responsabilidades correspondientes", es responsabilidad del estudiante entrar y realizar las actividades de manera individual, sin ayuda de terceros.
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